Ayudas para proyectos de I+D+i en la provincia de Teruel - Convocatoria 2025. FITE 2023
Convocatoria vigente hasta 17 enero 2025
ORDEN PEJ/1531/2024, de 4 de diciembre, por la que se convocan las ayudas a proyectos de inversión empresarial que fomenten la investigación y desarrollo e innovación industrial en la provincia de Teruel. FITE 2023.
Dirigido a: Las empresas establecidas en la provincia de Teruel, así como los organismos de investigación y difusión de conocimientos establecidos en la provincia de Teruel.
En caso de proyectos de cooperación, todas las empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos participantes deben estar establecidos en la provincia de Teruel.
Actuaciones subvencionables: Serán subvencionables las actividades de desarrollo experimental o de investigación industrial que se desarrollen o implementen en las instalaciones de la empresa en la provincia de Teruel. La inversión mínima será de 20.000€.
Se podrá establecer una colaboración entre empresas y organismos de investigación y difusión de conocimientos para definir proyectos con objetivos innovadores más amplios y con mayor riesgo tecnológico.
Cuantía: Para los proyectos acogidos al reglamento de MINIMIS, el periodo subvencionable irá del 01 de enero de 2023 al 31 de octubre de 2025, y la intensidad máxima de la ayuda para proyectos de investigación y desarrollo industrial será:
- 70% microempresa
- 60% empresa pequeña
- 50% empresa mediana
- 25% gran empresa
Para los proyectos acogidos al reglamento de exención de categorías, el periodo irá del día siguiente a la solicitud de la subvención al 31 de octubre de 2025 (Efecto incentivador), y la subvención será:
- 25% para proyectos de desarrollo experimental
- 50% para proyectos de investigación industrial
El importe máximo por proyecto no excederá los 250.000€ y el importe máximo por empresa o grupo empresarial tendrá un límite de 500.000€. La intensidad de la ayuda podrá aumentarse en hasta un 10% si el proyecto implica una colaboración efectiva**.
Plazo: El plazo de solicitud finaliza el 17 de enero de 2025.
**Colaboración efectiva: colaboración entre al menos dos partes independientes para el intercambio de conocimientos o tecnología, o para alcanzar un objetivo común sobre la base de la división del trabajo, en la que las partes implicadas definen conjuntamente el ámbito del proyecto en colaboración, contribuyen a su aplicación y comparten sus riesgos y sus resultados; una o varias de las partes pueden soportar la totalidad de los costes del proyecto y liberar así a otras partes de sus riesgos financieros; la investigación bajo contrato y la prestación de servicios de investigación no se consideran formas de colaboración.
- Entre empresas, al menos una de las cuales debe ser pyme, y ninguna de ellas por sí sola puede correr con más del 70% de los costes subvencionables, o.
- Entre una empresa y uno o varios organismos de investigación y difusión de conocimiento, asumiendo cada uno de estos como mínimo el 10 % de los costes subvencionables y teniendo derecho a publicar los resultados de su propia investigación.